“Robar por hambre no es delito”

AutorvLex

El Tribunal Supremo italiano absuelve a un joven sin techo, que fue sorprendido en un supermercado hurtando unas salchichas y dos trozos de queso, por considerarse que “no es delito robar por hambre”.

no es delitoEl joven de 30 años y de nacionalidad ucraniana fue sorprendido, el pasado 2011, en un supermercado de Génova cuando al acercarse a la caja para pagar unos colines que portaba en la mano, una clienta advirtió al personal de que en su bolsillo llevaba unas salchichas de frankfurt y dos trozos de queso (valorados en no más de 4 euros). El joven fue detenido antes de salir del supermercado y procesado.

En primera instancia, el procesado fue condenado por un Tribunal de primer grado de Génova a una pena de prisión de seis meses. Quedando en libertad condicional, pasados los meses de prisión, y con la condición del pago de una multa de 100 euros. Posteriormente, la sentencia fue confirmada en el Tribunal de apelación, segunda instancia, con seis meses de cárcel y elevando la multa a 160 euros.

Tras las condenas en primera y segunda instancia, el joven no presentó recurso ante las sentencias pero sí lo hizo el fiscal general del Tribunal de Apelación genovés; que solicitó, ante la Corte, la reducción de la condena por tipificar los hechos como “tentativa de hurto”, ya que el acusado no llegó a realizar el delito sino que solo lo intentó, y por tanto, la pena quedaba automáticamente reducida a un tercio.

El Tribunal Supremo Italiano consideró que “el hecho no constituye delito” pues

“la condición del imputado y las circunstancias en que se produjo la incautación del queso y las salchichas demuestran que él se hizo con ese poco alimento para hacer frente a la imprescindible exigencia de alimentarse, actuando, por tanto, en estado de necesidad”, declaran los jueces en sentencia.

El fallo es considerado sin precedentes. Cierto es que había habido otras sentencias absolutorias en similares circunstancias, pero nunca una en la que se anulase de forma definitiva la sentencia anterior de la Corte de Apelación con el fundamento de que “el hecho no es constitutivo de delito”. El Supremo absuelve al indigente porque considera legítimo no castigar un robo si es inducido por una necesidad como es el hambre.

El presente caso ha adquirido una magnitud mediática que ha vuelto a reavivar el debate en torno a la precaria situación que viven algunos ciudadanos desde los últimos años de la crisis económica, y que se ven obligados a realizar acciones como la presente para llegar a fin de mes.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR